Para el Consejo de Estado, el legislador
no tipifica la planeación de manera directa en el texto de la Ley 80 de 1993,
su presencia como uno de los principios rectores del contrato estatal es
inevitable y se infiere: de los artículos 209, 339 y 341 constitucionales; de
los numerales 6, 7 y 11 a 14 del artículo 25, del numeral 3 del artículo 26, de
los numerales 1 y 2 del artículo 30, todos de la Ley 80 de 1993; y del artículo
2º del Decreto 01 de 1984; según los cuales para el manejo de los asuntos
públicos y el cumplimiento de los fines estatales, con el fin de hacer uso
eficiente de los recursos y desempeño adecuado de las funciones, debe existir
un estricto orden para la adopción de las decisiones que efectivamente deban
materializarse a favor de los intereses comunales.
El principio de la planeación o de la
planificación aplicado a los procesos de contratación y a las actuaciones
relacionadas con los contratos del Estado guarda relación directa e inmediata
con los principios del interés general y la legalidad, procurando recoger para
el régimen jurídico de los negocios del Estado el concepto según el cual la
escogencia de contratistas, la celebración de contratos, la ejecución y
liquidación de los mismos, no pueden ser, de ninguna manera, producto de la
improvisación.
La ausencia de planeación ataca la
esencia misma del interés general, con consecuencias gravosas y muchas veces
nefastas, no sólo para la realización efectiva de los objetos pactados, sino
también respecto del patrimonio público,
que en últimas es el que siempre está involucrado en todo contrato estatal,
desconociendo en consecuencia fundamentales reglas y requisitos previos dentro
de los procesos contractuales; es decir, en violación del principio de
legalidad. (…)
Mi
recomendación para las entidades públicas es realizar el PLAN DE CONTRATACIÓN
ANUAL, acorde con el presupuesto de la entidad y las necesidades prioritarias
de la misma. CON LA IMPROVISACIÓN SE PUEDE INCURRIR no solo en violación al principio de la planeación
y de la legalidad, sino también puede ocasionar detrimento patrimonial que
acarrea SANCIONES DE TIPO FISCAL.
Si no existe un diagnóstico real de la situación sino que se escoge a dedo el lugar y la población objetivo que ley trsgrede y su artículo?
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