La sostenibilidad
fiscal garantiza el manejo responsable
de las finanzas públicas con ahorro en épocas de bonanza y desahorro en
periodos de escasez, de forma que la inversión social se mantenga estable a
través del tiempo, lo cual beneficia en especial a los sectores más vulnerables de la población; además se
constituye en un criterio que deberá
orientar a las ramas y órganos del poder
público. El
marco de sostenibilidad fiscal sirve como instrumento para alcanzar de manera progresiva los objetivos del Estado Social de
Derecho.
El
cumplimiento de las sentencias que profieren las altas cortes le puede
significar al gobierno plazos, diseños de programas, apropiación de recursos,
elaboración de estudios o demás actividades que no puedan realizarse de forma
inmediata y escapan al control exclusivo de la persona destinataria de la orden
original, en consecuencia, dicha orden judicial en su cumplimiento puede
modularse, modificarse o diferirse por el juez, manteniendo incólume la sentencia,
mediante la iniciación de un incidente
de sostenibilidad fiscal, por el cual al juez le es dado alterar la orden
en sus aspectos accidentales,
esto es, en cuanto a las condiciones de tiempo, modo y lugar, siempre y cuando
ello sea necesario para alcanzar la finalidad que es el cumplimiento de la
sentencia. Con lo anterior, según la
Corte Constitucional, no habrá afectación del principio de la separación de
poderes. (Comentario acerca de la Sentencia C288-2012)