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viernes, 30 de mayo de 2014

SE FORTALECE EL SISTEMA DE CONTROL INTERNO EN COLOMBIA


Mediante Decreto 943 de 2014 se actualiza el Modelo de Control Interno, se determinan las generalidades y estructuras necesarias.  Este modelo se implementaría a través de una Manual Técnico de Control Interno. Esta norma entrega al DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA FUNCIÓN PUBLICA, la función de brindar orientación y poner a disposición instrumentos necesarios.



También la ESAP ofrecerá programas y estrategias, de capacitación, formación y desarrollo de competencias laborales.  Se establecen además cuatro fases para implementar el modelo actualizado.  Culmina esta norma, derogando el Decreto 1599 de 2005.

miércoles, 7 de mayo de 2014

LOS BEP (Beneficios Económicos Periódicos) PARA LAS PERSONAS DE ESCASOS RECURSOS QUE NO ALCANZAN A OBTENER UN INGRESO PARA LA VEJEZ

Old Couple


Los incentivos definidos mediante los instructivos de operación del Programa Social Complementario, del BEP están orientados a fomentar tanto la fidelidad como la cultura del ahorro para la vejez.

Mediante el Documento Conpes Social 156 se diseño e implemento el BENEFICIO ECONOMICO PERIODICO BEP. Los participantes en el esquema del BEPS al final de su vida laboral obtendrán un Beneficio Económico Periódico en su vejez basado en su esfuerzo de ahorro y un subsidio monetario otorgado por el Estado con el objetivo de mejorar las condiciones de vida de los adultos mayores más vulnerables observando los lineamientos del Consejo Nacional de Política Económica y Social.

La población objetivo de los BEPS son aquellas personas que al final de su etapa productiva no alcanzan a obtener un ingreso en la vejez y que pertenezcan a los niveles de Sisben 1, 2 y 3 de acuerdo con los puntos de corte que se definan para tal fin.

Las personas clasificadas en los niveles 1 y 2 de Sisben podrán contar con un ingreso superior al ofrecido por el Programa de Protección Social al Adulto Mayor (PPSAM), que actualmente es en promedio $62.500 mensuales, y mejorar su ingreso vía su ahorro voluntario, sumado al subsidio monetario otorgado por el Estado. Las personas pertenecientes al nivel 3 de Sisben tendrán un incentivo proporcional a su ahorro. El principal reto del diseño de los BEPS es crear un nuevo mecanismo de generación de ingresos en la edad adulta.

El subsidio del 20% como incentivo al ahorro otorgado y el beneficio periódico en la vejez dependerá del saldo del ahorro y sólo se hará titular a este beneficio del Gobierno e ingresarán los recursos a la cuenta individual cuando:

i. De forma prioritaria el ahorrador cumpla 65 años o con posterioridad lo solicite,
ii. Se determine que la persona no cumple con las condiciones requeridas para obtener
una pensión; y
iii. Se verifique el cumplimiento de las condiciones para recibir el incentivo al ahorro del
BEPS.