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viernes, 28 de marzo de 2014

AL SALARIO INTEGRAL SE SUMA EL FACTOR PRESTACIONAL

Para el Consejo de Estado el salario integral no puede ser inferior a diez (10) salarios mínimos legales mensuales, más el factor prestacional, que no puede ser inferior al 30% de dicha cuantía. En consecuencia el salario integral corresponde al 100% de sueldos, más el 30% de factor prestacional de la empresa, lo que arroja un porcentaje de 130%.  Esto  implica que el porcentaje del factor prestacional pactado no se entiende incorporado en el salario integral igualmente acordado. El salario integral no puede ser inferior a diez (10) salarios mínimos legales mensuales, más el factor prestacional, que no puede ser inferior al 30% de dicha cuantía. En consecuencia el salario integral corresponde al 100% de sueldos, más el 30% de factor prestacional de la empresa, lo que arroja un porcentaje de 130%.  Esto  implica que el porcentaje del factor prestacional pactado no se entiende incorporado en el salario integral igualmente acordado.  (Consejo de Estado sala de lo contencioso administrativo sección cuarta consejera ponente: Carmen Teresa Ortiz de RodríguezP