El Decreto 052 de 2016 establece como obligación de la Junta Directiva
de la Empresa Social del Estado tener en cuenta la última evaluación
que se haya realizado al cumplimiento del periodo para el cual fue nombrado
el Gerente, para proponer la reelección del mismo, dentro de los quince (15)
días hábiles siguientes del inicio del periodo del Alcalde o Gobernador. Para ello La Junta debe remitir el acta de
sesión correspondiente con la evaluación, para que este decida si niega o
acepta la reelección.