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jueves, 12 de julio de 2018

LUZ VERDE AL ACTO LEGISLATIVO PARA IMPLEMENTACION DEL ACUERDO CON FARC.

Con votos a favor y en contra dio luz verde al acto legislativo considerado clave en la implementación del acuerdo con FARC.
El fallo deja en firme la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), el sistema al que se someterán los guerrilleros y militares implicados en delitos de lesa humanidad y contra el Derecho Internacional Humanitario en el curso del enfrentamiento de medio siglo.
Quienes confiesen sus crímenes, reparen a las víctimas y se comprometan a nunca más ejercer la violencia podrán recibir penas alternativas a prisión.
Y en el caso de los exguerrilleros la corte dio visto bueno a su participación en política, siempre que cumplan con las obligaciones ante la JEP.
Corresponderá a este sistema "determinar la compatibilidad con la participación en política de las sanciones que ella imponga a los excombatientes", señaló el tribunal en un comunicado.
Los magistrados se pronunciaron favorablemente sobre el acuerdo que permitió este año el desarme y transformación en partido de la guerrilla comunista, convertida ahora en Fuerza Alternativa Revolucionaria del Común (FARC).
Sin embargo el Congreso, con una débil mayoría oficialista, deberá expedir en las siguientes dos semanas la ley que reglamenta la jurisdicción especial, columna vertebral del pacto que sacó de la guerra a 7.000 combatientes.
Además, se estableció que magistrados extranjeros de la JEP no tendrán voz ni voto y terceros involucrados en el conflicto no serán obligados a acudir a esta justicia, pero lo podrán hacer voluntariamente.
En un mensaje a la nación, el presidente Juan Manuel Santos calificó como "una gran noticia" la decisión de la corte y pidió al legislativo sacar adelante la norma.  (Noticias Caracol)

martes, 3 de julio de 2018

INCONSTITUCIONAL EL TERMINO SIRVIENTES.




De conformidad con el expediente D11870 Sentencia C-001/2018 Magistrada Ponente DIANA FAJARDO RIVERA, La expresión "sirvientes" contenida en el articulo 2267 dek Código Civil, lesiona los artículo 1 y 13 de la CONSTITUCIÓN POLITICA DE COLOMBIA. Según expediente D11870 La Corte Constitucional considera que tal expresión es contraria a la Carta y que su permanencia en el ordenamiento jurídico habiendose reconocido el potencial validador y transformador del lenguaje jurídico no es constitucionalmente adecuando con miras a la protección de la dignidad y no discriminación de quienes en el marco de una vinculación laboral, como trabajadores, prestan sus servicios a cambio de una remuneración. Con el objeto de evitar la afectación del régimen de responsabilidad previsto en el artículo 2267 del C.C., sobre el cual no hubo pronunciamiento de fondo, se impuso, por virtud del principio de conservación del derecho, declarar la INCONSTITUCIONALIDAD del término “sirvientes” y disponer sus sustitución por términos que no contienen tal carga negativa e indigna, esto es, por las expresiones “trabajadores” o “empleados” (Tomado de comunicado Corte Constucional enero 24 de 2018)