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miércoles, 11 de enero de 2012

Ley de Asociaciones Público Privadas

El Presidente Juan Manuel Santos Calderón sancionó la Ley por la cual se establece el régimen jurídico de las Asociaciones Público Privadas.
Las Asociaciones Público Privadas son un instrumento de vinculación de capital privado, que se materializan en un contrato entre una entidad estatal y una privada para la provisión de bienes públicos y de sus servicios relacionados. Las concesiones se encuentran comprendidas dentro de este esquema.
La Ley aplica para todos los contratos en los cuales las entidades estatales encarguen a un inversionista privado el diseño y construcción de una infraestructura y sus servicios asociados, o su construcción, reparación, mejoramiento o equipamiento.
En estos contratos se retribuirá la actividad con el derecho a la explotación económica de esa infraestructura o servicio, en las condiciones que se pacte, por el tiempo que se acuerde, con aportes del Estado cuando la naturaleza del proyecto lo requiera.
Los procesos de selección y las reglas para la celebración y ejecución de los contratos que incluyan esquemas de Asociación Público Privada se regirán por lo dispuesto en la Ley 80 de 1993 y la Ley 1150 de 2007.
En los procesos de selección que se estructuren para la ejecución de proyectos de asociación público privada de iniciativa pública o que requieran desembolsos de recursos públicos, la selección objetiva se materializará mediante la selección del ofrecimiento más favorable a la entidad y a los fines que ella busca.
Los contratos para la ejecución de proyectos de asociación público privada tendrán un plazo máximo de 30 años, incluidas prorrogas.
En esta clase de proyectos de asociación público privada los recursos del Presupuesto General de la Nación, de las entidades territoriales o de otros fondos públicos no podrán ser superiores al 20 por ciento del presupuesto estimado de inversión del proyecto. (El subrayado es mio)  (Noticias Dataifx.com)

2 comentarios:

  1. Es una interesante herramienta ojalá las Empresas Publicas del Estado hagan uso de ella.

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  2. Tatiana, gracias por tu comentario, indudablemente esperamos que los administradores
    hagan uso de esta herramienta tan valiosa, ni más ni menos que ALIANZAS ESTRATÉGICAS
    en pro de la eficiencia del Estado.

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