Con
la expedición de la Ley 1595 de 2012, en Colombia se estableció que el trabajo
domestico es el realizado en un hogar u hogares o para los mismos, podrá llevarse a cabo por personas del género
femenino o masculino, debe asegurarse la promoción y la protección de los
derechos humanos de estos trabajadores,
hacer respetar sus derechos fundamentales entre los que están: la libertad de asociación, la libertad
sindical, el derecho a la negociación colectiva, eliminación de todas las
formas de trabajo forzoso u obligatorio, eliminación de la discriminación en materia de
empleo y ocupación, se debe fijar la edad mínima de para estos trabajadores, protección contra condiciones de empleo
equitativas, condiciones de trabajo decente y se respete su privacidad.
Además
se debe regular sobre el trabajo domestico interno, externo y por días, la igualdad de trato entre trabajadores domésticos
y trabajadores en general, se debe
regular lo relacionado con horas extras y vacaciones, protección laboral, contratación, horas de
trabajo, periodo de descanso semanal que
debe ser al menos de 24 horas,
derecho a un entorno seguro y saludable, protección contra prácticas abusivas a
los contratados por agencias de empleo privadas, y otras medidas adicionales
que favorecerá a dichos trabajadores.
No hay comentarios:
Publicar un comentario